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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Asistir a votar no podrá considerarse incumplimiento de reposo si se está con licencia médica

Autoridades del Trabajo y Servel recordaron las normas laborales y electorales que regirán el próximo domingo. La SUSESO precisó que, si la persona está en condiciones de salud, aunque esté con licencia, puede ir a votar.

10 de noviembre de 2025

Un llamado a respetar la normativa que resguarda los derechos laborales y electorales de las y los trabajadores durante las elecciones presidenciales y parlamentarias de este domingo 16 de noviembre realizaron el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso), el Servicio Electoral (Servel) y la Dirección del Trabajo (DT).

El ministro del Trabajo y Previsión Social, Giorgio Boccardo, destacó la importancia de garantizar tanto la participación ciudadana como el respeto de los derechos laborales durante la jornada electoral: "Queremos recordar que las trabajadoras y los trabajadores que deban cumplir funciones ese día tienen derecho a un permiso de tres horas para ir a votar, sin descuento en sus remuneraciones, y que los malls y strip centers deberán permanecer cerrados por tratarse de un feriado legal obligatorio. El llamado del Gobierno es a cumplir con estas normas y a fortalecer nuestra democracia a través de la participación".

Por su parte, el superintendente (s) de Seguridad Social, Luis Diaz, informó que la entidad emitió lineamientos para que las y los ciudadanos puedan ir a votar: "La Superintendencia de Seguridad Social dictó instrucciones que armonizan la obligatoriedad del voto con el cumplimiento de reposo. Entonces, la persona que está con licencia médica, y tomando en cuenta la prescripción médica y su estado de salud, puede efectivamente cumplir con la votación porque asistir a votar no se va a considerar un incumplimiento reposo".

Asimismo, la autoridad complementó qué: "Las y los trabajadores que en el trayecto de su casa al trabajo pasan a votar, o aquellos que lo hacen en el transcurso de la jornada laboral, en estos espacios también estarán cubiertos por la Ley de Accidentes del Trabajo en caso de cualquier siniestro que ocurra a propósito de ejercer el derecho a voto".

Por su parte, la directora (s) del Trabajo, Carolina Campos, indicó que "se debe recordar que la legislación también contempla permisos especiales con goce de remuneraciones para quienes hayan sido designados vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados ante la Junta Electoral, durante todo el tiempo que dure el cumplimiento de dichas funciones".

La presidenta del Consejo Directivo del Servel, Pamela Figueroa, explicó los principales aspectos de la normativa electoral vigente y reiteró el llamado a la ciudadanía a ejercer su deber cívico de participar en las urnas: "Esta es una elección con voto obligatorio y las personas que no concurran a votar pueden estar sujetas a multas que van entre 0,5 y 1,5 UTM, o sea, puede superar los 100.000 pesos".

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