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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Trabajadores que asistan a sufragar este domingo, tendrán cobertura de accidentes de trabajo y trayecto

Superintendencia refuerza derecho de uso del Seguro de la Ley N°16.744 La Superintendencia de Seguridad Social indica que si una persona, que por la naturaleza de sus funciones, debe trabajar este domingo 17 de diciembre, sufre un accidente entre su hogar o trabajo y el local de votación, podrá ser considerado un accidente de trabajo o trayecto.

15 de diciembre de 2023

Santiago, 15 de diciembre de 2023. En el marco de la votación del Plebiscito Constitucional de este domingo 17 de diciembre, la Superintendencia de Seguridad Social ha instruido a los organismos administradores del seguro de la Ley N°16.744 (ACHS, MUSEG, IST e ISL) y a las empresas con administración delegada que los accidentes que pueda sufrir un trabajador o trabajadora en el trayecto de ida o regreso, entre la habitación o el lugar de trabajo y su local de votación, podrán ser considerados como accidente del trabajo.

El seguro social de la Ley N°16.744 operará en dos casos: cuando el trabajador o trabajadora que, encontrándose en su lugar de trabajo, acuda a su lugar de votación y sufra un accidente, podrá ser considerado accidente con ocasión del trabajo; mientras que, cuando en el trayecto de ida o regreso, entre la habitación y el lugar de trabajo, la persona realice una desviación o interrupción para acudir a su lugar de votación, y sufra un accidente, podrá ser considerado un accidente de trayecto.

Respecto de esta última situación la superintendenta, Pamela Gana, aclaró: "Concurrir a un lugar de votación para cumplir con la obligación constitucional de sufragar, no es capricho del trabajador o trabajadora y corresponde a una obligación legalmente justificada, que permite que el accidente pueda ser calificado como laboral, cuando corresponda".

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