Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 28146-2007

.

Fecha: 30 de abril de 2007

Tema: Ley N° 16.744

Destinatario: PARTICULAR

Fuentes: Ley N° 16.744

Concordancia con Oficios: Oficio Ord. N° 52464, de 2006, de la Superintendencia de Seguridad Social


Un pensionado ha solicitado a esta Superintendencia se obligue al organismo administrador pague un examen auditivo para Ud. en un centro PEECA, de acuerdo a la Ley N°16.744.

Sobre el particular, cabe señalar que el examen audiométrico que Ud. requiere en un centro PEECA, no le serviría para que su actual dolencia sea cubierta por la citada Ley N°16.744, ya que Ud. se pensionó el 19 de enero de 1990, dejando de estar expuesto al riesgo de ruido desde esa fecha, actualmente cuenta con 71 años, de edad, por lo que una audiometría actual, no permite determinar que el eventual grado de hipoacusia que le afecte, tenga su origen en el trabajo desempeñado.

En consecuencia, no procede instruir que el referido organismo administrador realice el aludido examen a su costo.

TítuloDetalle
Ley 16.744Ley 16.744