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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 66966-2006

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Fecha: 18 de diciembre de 2006

Tema: Ley N° 16.744

Destinatario: UNA MUTUAL

Fuentes: Ley N° 16.744


1.- El Trabajador(a) que indica, ha reclamado porque ese Instituto no le ha pagado subsidio por incapacidad laboral por el reposo que le otorgó entre el 18 al 27 de febrero de 2006.

Además, solicita se le otorgue reposo por los días del 18 al 27 de febrero y del 10 al 17 de marzo de 2006.

2.- Ese Instituto informó, en síntesis, que lo atendió desde el 18 al 5 de marzo de 2006, fecha de su alta. Añade que el paciente reingresó el 10 de marzo de 2006, oportunidad que se mantuvo en tratamiento hasta el 17 de ese mes y año, fecha de su segunda alta.

Señala que como el día 7 de marzo de 2006 (día no cubierto con reposo), el trabajador fue despedido de su entidad empleadora, no tiene derecho a subsidio por no existir remuneración que reemplazar.

3.- Al respecto, esta Superintendencia manifiesta que en base al estudio de los antecedentes clínicos del paciente, ha concluido que el alta que se le dio el 5 de marzo de este año fue prematura, porque el reposo debió ser continuo, esto es, cubriendo los día del 6 al 9 de marzo.

Por lo tanto, esa Instituto deberá anular su alta del 5 de marzo y extender el primer reposo por los días del 6 al 9 de marzo, produciéndose la continuidad del reposo con el otorgado desde el 10 al 17 de marzo de 2006.

En consecuencia, el interesado tiene derecho a subsidio por incapacidad laboral por todo el período que se extendió su continuado reposo. Por lo que, ese Instituto debe disponer el pago de este beneficio.