Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 1882-1978

.

Fecha: 25 de mayo de 1978

Tema: Ley N° 16.744

Destinatario: MUTUAL DE SEGURIDAD

Fuentes: Ley Nº 16.395; Ley Nº 16.744


Veta acuerdo de esa Mutualidad en que se dispone que los aportes que debe efectuar, de acuerdo con la ley 16744, se calcularán sobre los ingresos estimados y no sobre los ingresos reales; haciendo presente que la Superintendencia ya se pronunció sobre la misma materia y para la misma mutualidad por dictamen 760, de 1974, en el que señalo que los aportes al SSS y al SNS deben calcularse sobre la base del presupuesto consolidado de ingresos y gastos del seguro, efectuándose los ajustes al término de cada ejercicio anual.
En lo que respecta a la construcción de un Hospital, se hace presente que el acuerdo respectivo está suspendido en espera de mayores antecedentes, que solo han sido proporcionados con fecha 24-05-1978.

TítuloDetalle
Ley 16.744Ley 16.744

Legislación citada

Ley 16.744

Fiscalizados

Mutuales

Vea además:

MutualesDictámenes SUSESO