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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales


CAPÍTULO III. Gestión de riesgos de las tecnologías de la información

LIBRO VII. ASPECTOS OPERACIONALES Y ADMINISTRATIVOS

TÍTULO V. Gestión de la Seguridad de la Información

C. Elementos de la gestión del sistema de seguridad de la información

CAPÍTULO III. Gestión de riesgos de las tecnologías de la información

Gestión de riesgos de las tecnologías de la información

La gestión de los riesgos de las tecnologías de la información implica identificar, analizar, evaluar, tratar, monitorear y comunicar el impacto de los riesgos de las tecnologías de la información sobre los procesos de los organismos administradores.

Una vez que se identifiquen los riesgos y se determine el apetito de riesgo, se recomienda especificar la estrategia de gestión de riesgos, asignando un responsable por cada riesgo identificado y, dependiendo de su importancia e impacto, definir cómo tratar el riesgo, es decir, evitar, mitigar, transferir o aceptar dicho riesgo.

Por otra parte, se recomienda que los criterios de tratamiento del riesgo estén especificados y formalizados, y que éstos sean revisados anualmente por la alta administración y el directorio, dejándose registro de dicha actividad.

La identificación y formalización de los riesgos de tecnologías de la información y actividades que contemplan el uso, transporte o almacenamiento de activos de información que impiden cumplir con el objetivo de mantener la confiabilidad, integridad y disponibilidad de los datos, continuidad de servicios y protección de dichos activos de información se realizará en la correspondiente matriz de riesgo y controles, contenida en el número 2, Capítulo V, Letra B, del Título IV, del presente Libro VII, identificando claramente los riesgos que los organismos administradores asocian a los riesgos de seguridad de la información.

De igual forma, se recomienda que los organismos administradores adopten las medidas adecuadas para prevenir y reducir al mínimo los efectos de los ciberincidentes que afecten la seguridad de sus redes, equipos y sistemas, con el objeto de garantizar su continuidad operativa, así como la continuidad de la seguridad de la información. En todos los casos, se podrá diseñar, implementar, practicar y evaluar un plan de respuesta que otorgue adecuada cobertura a sus redes, equipos y sistemas, en conformidad con estándares internacionales o nacionales, de amplia aplicación y, a su vez, desde el punto de vista de los grupos de interés, garantizar la integridad, disponibilidad y confidencialidad de la información.