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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales


1. Tablas de mortalidad

LIBRO VIII. ASPECTOS FINANCIERO CONTABLES

TÍTULO I. Reservas Técnicas

B. Reserva por Prestaciones Médicas

CAPÍTULO IV. Elementos para el cálculo de la reserva por prestaciones médicas

1. Tablas de mortalidad

Tablas de mortalidad

El uso de tablas de mortalidad será necesario para determinar la probabilidad de supervivencia de los expuestos en el horizonte de tiempo en que se proyecta el gasto. En este caso, se deberán utilizar las tablas de mortalidad conforme con la Letra A. Reserva de Pensiones, anterior, es decir, las tablas MI-H-2014, MI-M-2014, CB-H-2014 y B-M-2014, según sea la condición del expuesto; esto es, hombre o mujer, inválido o no inválido.

El uso y periodicidad de estas tablas está sujeto a la actualización de las tablas de mortalidad utilizadas por el régimen de pensiones del DL N°3.500, de 1980, y sus modificaciones, debiéndose tener presente el uso de los factores de mejoramiento establecidos para cada una de ellas. Las tablas de mortalidad referidas serán las que publique la Superintendencia de Pensiones.

Referencias legales: DL 3500