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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales


7. Estructura de los documentos electrónicos

LIBRO IX. SISTEMAS DE INFORMACIÓN. INFORMES Y REPORTES

TÍTULO I. Sistema Nacional de Información de Seguridad y Salud en el Trabajo (SISESAT)

D. Evaluación y vigilancia ambiental y de la salud de los trabajadores (EVAST)

CAPÍTULO I. Modelo Operativo EVAST/Estándar

7. Estructura de los documentos electrónicos

Estructura de los documentos electrónicos

El contenido de los documentos electrónicos está estructurado por zonas, con el propósito de agrupar, ordenar y estandarizar materias o información afín. Al mismo tiempo, facilita la reutilización de dichas zonas en otros e-doc.

Los documentos y zonas se encuentran detallados en el Anexo N°25 "Descripción general de zonas de documentos EVAST/Estándar".

Por su parte, los campos que conforman cada zona y sus respectivas validaciones, se encuentran en el Anexo N°41 "Planilla de definición y tablas EVAST/Estándar".

Respecto al registro de la información de los trabajadores independientes en los documentos electrónicos, se deben tener en cuenta los siguientes aspectos para el registro del CUV y las zonas de empleador y de centro de trabajo:

  1. Registro del CUV de los trabajadores independientes, se debe completar con la siguiente información:
    • RUT empresa: registrar el RUT del trabajador independiente.
    • RUT empresa principal: registrar el RUT de la empresa donde se realizó la evaluación, cuando no preste servicios en dependencias de una entidad empleadora, deberá registrar el RUT del trabajador independiente.
    • Latitud: registrar la dirección informada por trabajador independiente o la dirección del centro de trabajo donde preste servicios.
    • Longitud: registrar la dirección informada por trabajador independiente o la dirección del centro de trabajo donde preste servicios.
  2. Zona Empleador (zem), se debe completar con la siguiente información:
    • Rut Empleador: registrar el RUT del trabajador independiente.
    • Razón Social: registrar el nombre de trabajador independiente.
    • CT Dirección Empleador: Los campos que componen el presente CT, deben registrar la dirección informada por trabajador independiente.
    • Código CIIU Empleador Evaluado: el código y el texto de la actividad económica informada por trabajador independiente.
    • CIIU Texto o Giro Empleador evaluado: Descripción CIIU coloquial Texto o Giro del trabajador independiente.
    • Carácter Organización: registrar "3. Independiente".
    • N° Total Trabajadores Propios: registrar 1 trabajador.
    • Numero Trabajadores Hombres: registrar "0" si es mujer, "1" si es hombre.
    • Numero Trabajadores Mujer: registrar "1" si es mujer, "0" si es hombre.
    • Reglamento de Higiene y Seguridad: no corresponde.
    • Reglamento de Higiene y Seguridad incorpora agente de riesgo: no corresponde.
    • Reglamento de Orden Higiene y Seguridad: no corresponde.
    • Reglamento de Orden Higiene y Seguridad incorpora Agente de riesgo: no corresponde.
    • Depto. Prevención Riesgos: no corresponde.
  3. Zona Centro de Trabajo (zct), se debe completar con la siguiente información:
    • Estado Centro Trabajo: registrar "1= activo".
    • Rut Empleador Principal: registrar Rut Empleador Principal, puede corresponder al RUT del trabajador independiente cuando éste no preste servicios en dependencias de una entidad empleadora, en caso contrario debe registrar el RUT de la entidad empleadora que lo contrata o subcontrata.
    • Nombre Empleador Principal: registrar Nombre Empleador Principal, puede corresponder al nombre del trabajador independiente cuando éste no preste servicios en dependencias de una entidad empleadora, en caso contrario debe registrar el nombre de la entidad empleadora que lo contrata o subcontrata.
    • Correlativo Proyecto/contrato: campo de responsabilidad del organismo administrador o administrador delegado para registrar un identificador del centro de trabajo.
    • Nombre Centro de Trabajo: Los organismos administradores deben registrar el nombre del centro de trabajo, que representa el lugar donde éste se encuentra ubicado. Cuando el trabajador independiente no preste servicios en dependencias de una entidad empleadora, deberá registrar la dirección donde desarrolla su trabajo expuesto al riesgo.
    • Tipo Empresa: registrar según el tipo de empresa en la cual el trabajador independiente desempeñe funciones. Si no presta servicios en dependencias de una entidad empleadora, deberá registrar "1= Principal".
    • CT Centro Trabajo geolocalización: los siguientes campos, registran la geolocalización registrada en el CUV:
      - Latitud: registrar la dirección informada por trabajador independiente o la dirección del centro de trabajo donde preste servicios.
      - Longitud: registrar la dirección informada por trabajador independiente o la dirección del centro de trabajo donde preste servicios.
    • CT Dirección Centro Trabajo: En los siguientes campos, que componen el presente CT, registrar la dirección informada por trabajador independiente. En el caso que, el trabajador independiente desempeñe funciones o servicios en una dependencia de una entidad empleadora deberá registrar la dirección de ésta.
    • Descripción Actividad Centro Trabajo: registrar la descripción de la actividad o servicio que desarrolla el trabajador evaluado, lo que no necesariamente corresponde a la descripción del CIIU del trabajador.
    • N° Total Trabajadores Propios: registrar "1" trabajador.
    • Numero Trabajadores Hombres: registrar "0" si es mujer, "1" si es hombre.
    • Numero Trabajadores Mujer: registrar "1" si es mujer, "0" si es hombre.
    • Comité Paritario Constituido: "3= No corresponde".
    • Experto Prevención Riesgos: "3= No corresponde".
    • Experto Prevención Riesgos-Horas Semana dedicación al CT: "3= No corresponde".
    • Fecha Inicio Centro Trabajo: fecha de inicio de las actividades del Centro de Trabajo respectivo o de la actividad informada por el trabajador independiente, según corresponda.
    • Centro de trabajo con fecha de cierre conocida: fecha término del Centro de Trabajo o de la actividad informada por el trabajador independiente, según corresponda.
    • Fecha Término Centro Trabajo: fecha término del Centro de Trabajo o de la actividad informada por el trabajador independiente, según corresponda. Si se desconoce el día y el mes, se debe registrar al menos el año de término.