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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales


1. Estado de Situación Financiera Clasificado

LIBRO VIII. ASPECTOS FINANCIERO CONTABLES

TÍTULO IV. Información Financiera

A. Estados Financieros de las Mutualidades

CAPÍTULO II. Estados Financieros

1. Estado de Situación Financiera Clasificado

Estado de Situación Financiera Clasificado

10000 TOTAL ACTIVOS

Representa la suma total de los rubros del activo de la mutualidad. Debe anotarse al pie de la columna "Activos" del Estado de Situación Financiera.

Las cuentas del activo serán distribuidas en las siguientes dos clasificaciones generales: Activos Corrientes (código 11000) y Activos No Corrientes (código 12000).

11000 ACTIVOS CORRIENTES

Incluye aquellos activos y recursos de la mutualidad que serán realizados, (o que se espera serán realizados) vendidos o consumidos, dentro del plazo de un año, a contar de la fecha de cierre de los estados financieros, o que se mantienen fundamentalmente con fines de negociación.

Asimismo, incluye a aquellos constituidos por efectivo u otro medio equivalente al efectivo, cuya utilización no esté restringida para ser intercambiado o usado para cancelar un pasivo, al menos dentro de los doce meses siguientes a la fecha de cierre de los estados financieros.

Los conceptos que conforman los Activos Corrientes deberán incorporarse a los ítems que a continuación se definen.

11010 Efectivo y efectivo equivalente

Está constituido por aquellos fondos en caja y/o bancos de disponibilidad inmediata y sin restricciones de ningún tipo.

De existir restricciones, estos activos deberán ser clasificados bajo el ítem "Otros activos corrientes" (11140) de los Activos Corrientes.

11020 Activos financieros a costo amortizado

Se incluyen en este ítem todos aquellos activos financieros que la mutualidad haya clasificado a costo amortizado de acuerdo con la NIIF 9 o la que la reemplace.

Todas las imputaciones al activo deben ser en porción corto plazo (hasta un año).

11030 Activos financieros a valor razonable con cambios en resultados

Se incluyen en este ítem todos aquellos activos financieros que la mutualidad haya clasificado a valor razonable de acuerdo con la NIIF 9 o la que la reemplace.

11050 Deudores previsionales, neto

En este ítem se incluyen todas las cotizaciones devengadas por la mutualidad en el mes que se informa, en su calidad de organismo administrador del Seguro Social de la Ley N°16.744, como asimismo las deudas derivadas de cotizaciones declaradas y no pagadas, las cotizaciones que se presumen declaradas y no pagadas de acuerdo a lo establecido en el artículo 22 letra d) de la Ley N° 17.322 y las concurrencias por cobrar tanto de pensiones como de indemnizaciones. Igualmente, y tratándose de la cotización adicional, se imputará la diferencia no declarada que le corresponda enterar a las entidades empleadoras como consecuencia de un recargo fijado a su tasa de cotización adicional.

Además, deberán incluirse en este ítem los beneficios indebidamente percibidos por los beneficiarios y los fraudes que afecten a fondos propios. Asimismo, se registrarán los beneficios por cobrar provenientes de la aplicación del artículo 77 bis de la Ley N°16.744 y los subsidios por incapacidad laboral a recuperar, pagados a los trabajadores a los que se les ha otorgado pensión de invalidez con efecto retroactivo.

Las partidas incluidas en este ítem no deberán presentar una morosidad mayor a tres meses.

Se hace presente que el saldo de este ítem deberá corresponder al valor neto de los deudores previsionales, es decir, descontado el monto de la estimación de su deterioro.

11060 Aportes legales por cobrar, neto

Está formado por los recursos por cobrar al Fondo Único de Prestaciones Familiares y Subsidios de Cesantía, al Fondo SANNA y cualquier otro importe que se deba recuperar del Fisco en virtud de alguna norma legal o reglamentaria, descontado el monto de la estimación de su deterioro.

11070 Deudores por venta de servicios a terceros, neto

Se registran separadamente en este ítem todos los documentos y cuentas por cobrar que se hubieren originado por la venta de servicios por parte de la mutualidad. Se incluyen también los reajustes, multas e intereses que correspondan, calculados de conformidad con las normas legales que las rijan o por acuerdos convenidos entre las partes, pero sólo que se trate de deuda no vencida.

Para ser clasificadas dentro de este ítem, las deudas no deben registrar una morosidad superior a tres meses.

Se hace presente que el saldo de este ítem deberá corresponder al valor neto de los deudores por venta de servicios a terceros, es decir, descontado el monto de la estimación de deterioro.

11080 Cuentas por cobrar a entidades relacionadas

Se clasificarán en este ítem todos aquellos documentos y cuentas por cobrar a empresas relacionadas (netas de intereses no devengados), provengan o no de operaciones comerciales y cuyo plazo de recuperación no exceda a un año, a contar de la fecha de cierre de los estados financieros. Se incluirán además aquellos documentos y cuentas por cobrar a Corporaciones o Fundaciones de las que la mutualidad forme parte. Se incluyen también los reajustes, multas e intereses que correspondan, calculados en conformidad con las normas legales que las rijan o por acuerdos convenidos entre las partes.

Dichas deudas, con sus respectivos gravámenes, deberán mantenerse en este ítem en tanto su morosidad no exceda el plazo de un año.

11090 Otras cuentas por cobrar, neto

Se incluyen en este ítem aquellas cuentas por cobrar que no provengan de las operaciones de la mutualidad, tales como cuentas corrientes del personal, anticipos a proveedores, deudores por venta de activos fijos.

También se incluyen en este ítem los reajustes, multas e intereses que correspondan, calculados en conformidad con las normas legales que las rijan o por acuerdos convenidos entre las partes.

Se hace presente que el saldo de este ítem deberá corresponder al valor neto de los deudores clasificados en este ítem, es decir, descontado el monto de la estimación de deterioro.

11100 Inventarios

En este ítem debe mostrarse el total de los bienes de consumo e instrumental de menor valor no sujeto a depreciación de propiedad de la mutualidad, cuyo detalle (componentes más significativos) y el método de valorización deberán explicitarse.

La existencia de bienes obsoletos o en desuso deberá mostrarse en forma separada hasta el momento de su liquidación.

11120 Gastos pagados por anticipado

Se incluyen en este ítem exclusivamente aquellos pagos efectuados por servicios que serán recibidos por la mutualidad, en el curso del ejercicio siguiente al de la fecha de cierre de los estados financieros.

11130 Activos por impuestos corrientes

Corresponde incluir en este ítem el crédito fiscal neto, por concepto del impuesto al valor agregado, los pagos provisionales que exceden a la provisión por impuesto a la renta u otros créditos al impuesto a la renta, tales como gastos de capacitación y el crédito por compras de activo fijo. Adicionalmente, deben incluirse los PPM por recuperar por utilidades absorbidas por pérdidas tributarias.

11140 Otros activos corrientes

Se presentan en este ítem todas aquellas partidas que no pueden ser incluidas en alguna de las definiciones anteriores de los activos corrientes.

Las partidas incluidas en este ítem deberán indicarse por su concepto cuando representen un 1% más del total del rubro activos corrientes.

11200 Subtotal activos corrientes

Corresponde a la suma algebraica de los códigos 11010 al 11140.

11300 Activos no corrientes y grupos en desapropiación clasificados como mantenidos para la venta

Se presentan en este ítem los activos no corrientes desapropiados y/o descontinuados que a la fecha de los estados financieros cuentan con el respaldo y aprobación necesaria para ser vendidos.

12000 Activos no corrientes

Se deben incluir aquellos activos de la mutualidad no clasificados en los rubros anteriores, y estará compuesto por aquellos activos y recursos que no serán realizados, vendidos o consumidos dentro del plazo de un año a contar de la fecha de los estados financieros, los que deberán incorporarse a los ítems 12010 al 12140 que a continuación se definen:

12010 Activos financieros a costo amortizado

Se incluyen en este ítem todos aquellos activos financieros que la mutualidad haya clasificado a costo amortizado de acuerdo con la NIIF 9 o la que la reemplace.

Todas las imputaciones al activo deben ser en porción largo plazo (más de un año).

12030 Deudores previsionales, neto

En este ítem se incluirán todas las partidas de la misma naturaleza que aquellas clasificadas en el ítem "11050", pero que su vencimiento excede el período de tres meses señalado en dicho ítem.

Se hace presente que el saldo de este ítem deberá corresponder al valor neto de los deudores previsionales, es decir, descontado el monto de la estimación de su deterioro.

12040 Deudores por venta de servicios a terceros, neto

En este ítem se incluirán todas las partidas de la misma naturaleza que aquellas clasificadas en el código "11070", pero que su vencimiento excede a un año a contar de la fecha de cierre de los estados financieros, descontado el monto de la estimación de su deterioro.

Incluye aquella deuda morosa que por exceder el plazo de tres meses no puede clasificarse en el código "1070".

12050 Cuentas por cobrar a entidades relacionadas

En este ítem se incluirán todas las partidas de la misma naturaleza que aquellas clasificadas en el código "11080", pero que su vencimiento excede a un año a contar de la fecha de cierre de los estados financieros.

12060 Otras cuentas por cobrar, neto

Se incluyen en este ítem aquellas cuentas por cobrar que no provengan de las operaciones de la mutualidad, cuyo plazo de vencimiento excede a un año, a contar de la fecha de cierre de los estados financieros.

Se hace presente que el saldo de este ítem deberá corresponder al valor neto de los deudores clasificados en él, es decir, descontado el monto de la estimación de su deterioro.

12070 Inversiones en asociadas y en negocios conjuntos contabilizadas por el método de la participación

En este ítem se deberán incluir aquellas inversiones en asociadas en las cuales la mutualidad tenga influencia significativa, y no son una dependiente, o constituyen una participación en un negocio conjunto. La entidad asociada puede adoptar diversas modalidades, entre las que se incluyen las entidades sin forma jurídica definida, tales como las fórmulas asociativas con fines empresariales.

12080 Otras inversiones contabilizadas por el método de la participación

En este ítem se incluirán las inversiones en otras sociedades que no sean asociadas y que son contabilizadas por el método de la participación. Es decir, en este ítem deben contabilizarse todas aquellas inversiones en sociedades en que no se tenga influencia significativa, cualquiera sea su porcentaje de participación, y cuya intención no sea la de negociarla u obtener de ella una rentabilidad en el corto plazo. En caso de ausencia o en la ambigüedad de la normativa contable deberá consultarse a la Superintendencia de Seguridad Social cada caso específico.

12100 Intangibles, neto

Dentro de este ítem se deben clasificar aquellos activos que cumplan con la definición de activo intangible, es decir, que sean identificables, de carácter no monetario, sin apariencia física, que la mutualidad tenga control sobre el activo en cuestión y que existan beneficios económicos futuros. El valor del activo debe presentarse neto de su amortización (de ser aplicable).

12110 Propiedades, planta y equipo, neto

Dentro de este ítem deben clasificarse todos los bienes que han sido adquiridos para usarlos en la operación de la mutualidad y sin el propósito de venderlos, y los activos identificados producto de contratos de arrendamientos. A los conceptos que conforman el ítem se les deberá indicar los principales activos incluidos en esta clasificación y el método de depreciación aplicado.

12120 Propiedades de inversión

En este ítem se deben incluir aquellas inversiones en bienes inmuebles (terrenos o edificios, considerados en su totalidad o en parte, o ambos) o derechos sobre bienes inmuebles que se tienen (por parte de la mutualidad como dueña o como arrendataria que haya acordado un arrendamiento financiero) para obtener rentas, plusvalías o ambas.

No corresponde incluir bienes inmuebles cuyo destino sea:

  1. su uso en la producción o suministro de bienes o servicios, o bien para fines administrativos; o

  2. su venta en el curso ordinario de las operaciones.

12130 Gastos pagados por anticipado

Se incluyen en este ítem exclusivamente aquellos pagos efectuados por servicios que serán recibidos por la mutualidad, en un plazo superior a un año a contar de la fecha de cierre de los Estados Financieros.

12140 Activos por impuestos diferidos

Corresponde al débito diferido que se origina por diferencias temporales entre el resultado contable y la renta imponible de un periodo determinado.

12150 Otros activos no corrientes

Incluye todos los activos no clasificados en otros ítems de este rubro. Estas partidas deben ser detalladas cuando representen un 1% o más del total del rubro "Activos No Corrientes"

20000 TOTAL PASIVOS Y PATRIMONIO NETO

Corresponde a la suma algebraica de los ítems 21000, 22000 y 23000.

21000 TOTAL PASIVOS CORRIENTES

Incluye las obligaciones contraídas por la mutualidad que serán liquidadas dentro del plazo de un año, a contar de la fecha de cierre de los Estados Financieros.

Los conceptos que conforman los Pasivos Corrientes deben incorporarse a los códigos 21010 al 21300 que a continuación se definen:

21010 Pasivos financieros corrientes

Se incluyen en este ítem aquellas obligaciones financieras contraídas con instituciones privadas y públicas que se liquidarán dentro del plazo de un año, contado desde la fecha de cierre de los estados financieros.

Asimismo, se incluyen las obligaciones contraídas por la emisión de títulos de deuda, ya sean bonos, pagarés u otros efectos de comercio, en el mercado nacional, con vencimiento no superior a un año, incluyendo la porción con vencimiento dentro de dicho período de deudas de largo plazo, tales como préstamos bancarios, arrendamientos financieros y sobregiros bancarios.

21020 Prestaciones por pagar

Se deberán incluir en este ítem los beneficios devengados al cierre del ejercicio, proveniente de indemnizaciones, subsidios y pensiones, excluidas las cotizaciones previsionales e impuestos, según corresponda. En el caso de los subsidios, deben incluirse aquellos reposos médicos otorgados que exceden la fecha de cierre referida.

Además, deberá incluir las prestaciones médicas y aquellas provenientes de la aplicación del artículo 77 bis de la Ley N°16.744, como también los montos que la mutualidad adeude al empleador, correspondientes a subsidios pagados por éste por cuenta de la mutualidad, en virtud de convenios.

También se incluyen las concurrencias por pagar a los otros organismos administradores de la Ley, derivados de indemnizaciones y pensiones.

21030 Acreedores comerciales y otras cuentas por pagar

Se incluyen en este ítem todas las obligaciones provenientes exclusivamente de las operaciones comerciales de la mutual a favor de terceros.

21040 Cuentas por pagar a entidades relacionadas

Deberán clasificarse en este ítem todas aquellas obligaciones con empresas relacionadas, se encuentren o no documentadas, netas de intereses no devengados. Se incluirán además aquellos documentos y cuentas por pagar a Corporaciones o Fundaciones de las que la mutualidad forme parte.

21050 Capitales representativos de pensiones vigentes

Representa la porción de la reserva correspondiente al pago de las pensiones vigentes por los 12 meses siguientes a la fecha de cierre de los estados financieros.

21060 Reserva por prestaciones médicas por otorgar

Se deberá incluir en este ítem el pasivo correspondiente a la mejor estimación de las prestaciones médicas a otorgar en el corto plazo, por siniestros ocurridos y denunciados.

Esta reserva debe considerar la experiencia siniestral y la exposición propia de la mutualidad.

21070 Reserva por subsidios por pagar

Se deberán incluir en este ítem las obligaciones por subsidios provenientes de siniestros denunciados y no provisionados a la fecha de cierre de los estados financieros, y que se espera pagar en el corto plazo, incluidas las cotizaciones previsionales e impuestos, según corresponda.

Esta reserva deberá determinarse como el valor actual esperado de los subsidios a pagar.

21080 Reserva por indemnizaciones por pagar

Se deberán incluir en este ítem las obligaciones por indemnizaciones provenientes de siniestros denunciados y no provisionados a la fecha de cierre de los estados financieros, y que se espera pagar en el corto plazo, incluidas las cotizaciones previsionales e impuestos, según corresponda.

Esta reserva deberá determinarse como el valor actual esperado de las indemnizaciones a pagar.

21090 Reserva adicional por insuficiencia de pasivos

Bajo este ítem se deberá presentar el pasivo que se determinará por aquellos siniestros ocurridos y denunciados pero reservados de manera insuficiente, provenientes de pensiones, prestaciones médicas, indemnizaciones y subsidios, y que se espera pagar y/o otorgar en el corto plazo.

Esta reserva adicional debe determinarse como la mejor estimación del costo "último de los siniestros" y que se espera debe estimarse utilizando una metodología actuarial, respecto de la cual deberá presentarse su sustento técnico, basada en un informe de un actuario o bien mediante el establecimiento de una metodología única, de aplicación uniforme para las mutualidades.

Deben excluirse de este ítem aquellas reservas que cuentan con autorización expresa de parte de la Superintendencia de Seguridad Social, para ser reconocidas a futuro durante un período de tiempo determinado.

21100 Reserva de siniestros ocurridos y no reportados (IBNR)

Bajo este ítem se deberá presentar el pasivo de corto plazo que se debe determinar por aquellos siniestros ocurridos y no reportados, y por ende no contemplados en las reservas registradas en los ítems 21070 al 21100. Esta reserva debe determinarse como la mejor estimación del costo "ultimo de los siniestros".

Debe estimarse utilizando una metodología actuarial, respecto de la cual deberá presentarse su sustento técnico, basada en el informe de un actuario o bien mediante el establecimiento de una metodología única, de aplicación uniforme para las mutualidades.

21110 Provisiones

En este ítem se incluyen las estimaciones de obligaciones presentes como resultados de sucesos pasados que es probable que corresponda pagarlas, pudiendo efectuarse una estimación del monto de las obligaciones.

También deberá incorporar en este ítem, la provisión por las diferencias producidas entre el monto establecido para los proyectos en el respectivo decreto anual que fija el presupuesto para el Seguro de la Ley N°16.744 y lo efectivamente imputado a gasto, según lo señalado en el número 10. Instrucciones generales, Letra G, Título III del Libro IV.

21120 Retenciones, obligaciones previsionales e impuestos

En este ítem se deben incluir todas aquellas cotizaciones previsionales del personal de la mutualidad, de los trabajadores de sus empresas adheridas y de los trabajadores independientes afiliados, por concepto de pensiones y subsidios pagados.

Asimismo, deberán incluirse las retenciones por concepto de impuestos, como por ejemplo IVA e impuestos de 2° categoría, y aquellas obligaciones tales como retenciones judiciales, honorarios y remuneraciones por pagar.

21130 Impuestos por pagar

En este ítem se debe incluir el impuesto a la renta que corresponde pagar por los resultados del ejercicio afectos a dicho impuesto, deducidos los pagos provisionales obligatorios o voluntarios aplicados a esta obligación.

21140 Obligación por beneficios post empleo y otros beneficios

Corresponden a obligaciones derivadas de prestaciones post empleo tales como prestaciones por retiro, seguro de vida post empleo, atención medica post empleo, programas de capacitaciones, etc.

21160 Otros pasivos corrientes

Este ítem está constituido por aquellas cuentas y documentos por pagar e intereses devengados a la fecha de cierre de los estados financieros, en favor de terceros y que no puedan clasificarse en algún otro ítem de los Pasivos Corrientes.

21170 Ingresos diferidos

Corresponde a ingresos recibidos a la fecha de los estados financieros, cuyo efecto en resultados se producirá con posterioridad a esta fecha.

21180 Pasivos devengados

Este ítem está constituido por aquellos pasivos corrientes por pagar o devengados a la fecha de cierre de los estados financieros que no hayan sido categorizados en ninguno de los ítems anteriores.

21200 SUBTOTAL PASIVOS CORRIENTES

Corresponde a la suma algebraica de los códigos ítems 21010 al 21190.

21300 Pasivos incluidos en grupos de activos clasificados como mantenidos para la venta.

Se presenta en este ítem los pasivos no corrientes relacionados con activos desapropiados y/o descontinuados que a la fecha de los estados financieros cuentan con el respaldo y aprobación necesaria para ser vendidos.

22000 TOTAL PASIVOS NO CORRIENTES

Incluye las obligaciones contraídas por la mutualidad que serán liquidadas dentro del plazo mayor a un año, a contar de la fecha de cierre de los estados financieros.

Los conceptos que conforman los pasivos no corrientes deben incorporarse a los ítems 22010 al 22130 que a continuación se definen.

22010 Pasivos financieros no corrientes

Se incluyen en este ítem aquellas obligaciones contraídas con instituciones privadas y públicas que se liquidarán a más de un año plazo, contado desde la fecha de cierre de los estados financieros.

Asimismo, se incluyen las obligaciones contraídas por la emisión de títulos de deuda, ya sean bonos, pagarés u otros efectos de comercio, en el mercado nacional, con vencimiento superior a un año.

22020 Acreedores comerciales y otras cuentas por pagar

Se incluyen en este ítem todas las obligaciones provenientes exclusivamente de las operaciones comerciales de la mutualidad, a favor de terceros, cuyos vencimientos son a más de un año.

22030 Obligación por beneficios post empleo y otros beneficios

Corresponde a obligaciones a más de un año plazo derivadas de prestaciones post empleo, tales como, prestaciones por retiro, seguros de vida post empleo, etc.

22040 Cuentas por pagar a entidades relacionadas

Deberán clasificarse en este ítem todas aquellas obligaciones a largo plazo con empresas relacionadas, se encuentren o no documentadas, netas de intereses no devengados. Se incluyen además aquellos documentos y cuentas por pagar a Corporaciones o Fundaciones de las que la mutualidad forma parte.

22050 Capitales Representativos de pensiones vigentes

Corresponde al monto calculado para dar cumplimiento al compromiso contraído a largo plazo para el pago de pensiones.

22060 Reserva por prestaciones médicas por otorgar

Este ítem está constituido por el pasivo correspondiente a la mejor estimación de las prestaciones médicas a otorgar en un plazo superior de un año, por siniestros ocurridos y denunciados.

22070 Reserva por subsidios por pagar

Este ítem está constituido por las obligaciones por subsidios provenientes de siniestros denunciados y no provisionados a la fecha de cierre de los estados financieros, y que se espera pagar en un plazo superior a un año, incluidas las cotizaciones previsionales e impuestos, según corresponda.

22080 Reserva por indemnizaciones por pagar

Este ítem está constituido por las obligaciones por indemnizaciones provenientes de siniestros denunciados y no provisionados a la fecha de cierre de los estados financieros, y que se espera pagar en un plazo superior a un año, incluidas las cotizaciones previsionales e impuestos, según corresponda.

22090 Reserva de Siniestros Ocurridos y no Reportados (IBNR)

Bajo este ítem se deberá presentar el pasivo de largo plazo que se debe determinar por aquellos siniestros ocurridos y no reportados y por ende no contemplados en las reservas registradas en los ítems 22050 al 22090. Esta reserva debe determinarse como la mejor estimación del costo "ultimo de los siniestros".

Debe estimarse utilizando una metodología actuarial, respecto de la cual deberá presentarse su sustento técnico, basada en un informe de un actuario o bien mediante el establecimiento de una metodología única, de aplicación uniforme para las mutualidades.

22100 Reserva adicional por insuficiencia de pasivos

Bajo este ítem se deberá presentar la porción de largo plazo del pasivo que se determinará por aquellos siniestros ocurridos y denunciados pero reservados de manera insuficiente, provenientes de pensiones, prestaciones médicas, indemnizaciones y subsidios. Esta reserva adicional debe determinarse como la mejor estimación del costo "ultimo de los siniestros".

Debe estimarse utilizando una metodología actuarial, respecto de la cual deberá presentarse su sustento técnico, basada en un informe de un actuario o bien mediante el establecimiento de una metodología única, de aplicación uniforme para las mutualidades.

Deben excluirse de este ítem aquellas reservas que cuentan con autorización expresa de parte de la Superintendencia de Seguridad Social, para ser reconocidas a futuro durante un período de tiempo determinado.

22120 Pasivos por Impuestos Diferidos

Corresponde al crédito diferido que se origina por diferencias temporales entre el resultado contable y la renta imponible de un periodo determinado.

22130 Otros pasivos no corrientes

Este ítem está constituido por aquellas cuentas y documentos por pagar e intereses a la fecha de cierre de los Estados Financieros, en favor de terceros, cuyas obligaciones no pueden clasificarse en algún otro ítem del Pasivo no corriente.

23000 Patrimonio neto

Este rubro corresponde al patrimonio de la mutualidad y estará representado por la suma de los ítems 23010 al 23060 y 23110 que a continuación se definen.

23010 Fondos acumulados

Este ítem está constituido por los Fondos de la mutualidad, generados en los resultados de ejercicios anteriores, destinados al cumplimiento de sus objetivos.

En los casos que la mutualidad deba registrar su participación en empresas relacionadas mediante la aplicación del método del Valor Patrimonial Proporcional (V.P.P.), cualquier variación patrimonial de dichas empresas que no provenga de resultados ni de aumento de capital pagado, deberá ser registrada por la mutualidad reconociendo proporcionalmente el efecto de dichas variaciones en este ítem. También y sólo por excepción, deben incluirse los ajustes que resulten de aplicar el V.P.P. a los Estados Financieros provisorios de una empresa relacionada, en el evento que al cierre del ejercicio no se hayan utilizado los Estados Financieros definitivos de dicha empresa.

Se debe señalar que, en el "Estado de cambios en el patrimonio", como una variación patrimonial, se registrarán los ajustes efectuados por los conceptos antes mencionados, debiendo explicarse en nota al pie de dicho estado el origen de dichas variaciones.

Sin perjuicio de lo anterior, si se produce una variación en el V.P.P. que la mutualidad debe registrar, producto de la no suscripción de una emisión de acciones de pago realizada por la empresa relacionada, diferencias de precios en la colocación u otras situaciones derivadas de una emisión de acciones de pago, la mutualidad deberá reconocer dicha variación con cargo o abono a los resultados del período en que se produjo.

El resultado de cada ejercicio anual deberá ser imputado a este ítem, en la apertura de la contabilidad del ejercicio siguiente.

23020 Fondo de reserva de eventualidades

Está constituido por el monto que resulta de aplicar el porcentaje (no inferior al 2% ni superior al 5%) fijado en el decreto supremo que aprueba el presupuesto del Seguro de la Ley N°16.744 para el año correspondiente, a los ingresos anuales estimados en dicho decreto. Este fondo deberá estar invertido en valores reajustables de fácil liquidación.

23030 Fondo de contingencia

Está constituido por los recursos indicados en el artículo 21, letra A, número 1 letras a), b) y c), de la Ley N°19.578. Los recursos de las letras b) y c) anteriores, se constituyen con cargo al ítem "Fondos acumulados" (23010).

23050 Otras reservas

Este ítem incluye otras reservas patrimoniales no definidas anteriormente.

23060 Excedente (Déficit) del ejercicio

Se debe anotar el Excedente (Déficit) del ejercicio al que se refieren los Estados Financieros, que deberá ser igual al Excedente (Déficit) del ejercicio (46000) del Estado de Resultados Consolidado por Función. En la apertura del ejercicio anual siguiente se transferirá al ítem "Fondos acumulados" (23010).

23100 SUBTOTAL PATRIMONIO

Corresponde a la suma algebraica de los ítems 23010 al 23060.

23110 Participaciones no controladoras

Las participaciones no controladoras son aquella parte de los resultados y de los activos netos de una dependiente que no corresponden, bien sea directa o indirectamente a través de otras dependientes, a la participación de la dominante del grupo.