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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales


CAPÍTULO III. Difusión

LIBRO II. AFILIACIÓN Y COTIZACIONES

TÍTULO II. Cotizaciones

M. Cotizaciones pagadas en exceso o erróneamente

CAPÍTULO III. Difusión

Difusión

Los organismos administradores deberán mantener en sus sitios web, de manera permanente, un banner que informe sobre los procedimientos existentes para solicitar y recibir la devolución de las cotizaciones pagadas en exceso o enteradas erróneamente.

Además, en el mes de mayo de cada año, los organismos enviarán a los correos electrónicos de sus entidades empleadoras y trabajadores voluntarios independientes afiliados, información sobre los procesos de devolución masivos que tendrán lugar durante dicho año.

A su vez, en el mes junio de cada año, los organismos administradores deberán publicar en un diario de circulación nacional, un aviso destacado, informando a sus afiliados o adherentes de la existencia de pagos en exceso o enterados erradamente e instando a las entidades empleadoras y trabajadores independientes voluntarios a efectuar las consultas pertinentes en su página web o vía telefónica.