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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 18.267, artículo 8

Texto

    ARTICULO 8° La autorización que se otorga por el
artículo 1° del decreto ley 1.254, de 1975, podrá ser
ejercida también respecto del Parque Metropolitano
dependiente del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.