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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 18.196, artículo 19

Texto

    Artículo 19.- Créanse a contar del 1° de enero de
1983, en el Poder Judicial y en su Oficina de Presupuesto,
hasta 415 nuevos empleos, igual al número de personas que
se encuentren contratadas al 31 de diciembre de 1982, con
las mismas categorías del escalafón e iguales categorías
o grados de la escala de sueldos respectivas, asignados a
los referidos funcionarios a contrata.
    Dichos empleados continuarán desempeñando sus actuales
funciones, quedando incorporados a la planta, sin necesidad
de nuevo nombramiento.