Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 17.301, artículo 41

Texto

    Artículo 41°.- En el artículo 316 del Código del
Trabajo, sustitúyese la frase "los inspectores del trabajo"
por "la Comisión Técnica del Plan Nacional de
Edificaciones Escolares del Ministerio de Educación
Pública".