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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 17.301, artículo 26

Texto

    Artículo 26°- La Comisión Técnica del Plan Nacional
de Edificios Escolares en sus proyectos y obras y el
Ministerio de Educación Pública en los grupos escolares
que construya, deberán reservar un local destinado a
jardín infantil.