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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 17.301, artículo 19

Texto

    Artículo 19°- La Junta estará exenta de todo impuesto
fiscal o municipal, por todos los actos o contratos que
ejecute o celebre establecidos en la Ley de Timbres,
Estampillas y Papel Sellado y de los impuestos establecidos
en la ley N° 12.120.