ley 17.252, artículo 16
Texto
ARTICULO 16° Agrégase al artículo 9° de la ley 15.840, la siguiente frase: "Asimismo podrá constituir sociedades relacionadas con sus fines con la Corporación de Fomento de la Producción y otras corporaciones y empresas del Estado, pudiendo, de acuerdo a lo que disponga el Presidente de la República, aportar a ellas bienes fiscales.