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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 17.252, artículo 6

Texto

    ARTICULO 6° Otórgase a contar de la fecha de
publicación de la presente ley, al personal de la Empresa
de Transportes Colectivos del Estado, el derecho establecido
en el artículo 26° del decreto con fuerza de ley 338, de
1960.