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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 11.764, artículo 104

Texto

    Artículo 104.° Condónase la deuda que tiene con la ex
Corporación de Reconstrucción -hoy Corporación de la
Vivienda- la institución denominada Cruz Roja de Mujeres de
Parral, que proviene del préstamo que se le concedió para
la reconstrucción de su propiedad, ubicada en calle Unión
N.° 345, de dicha ciudad, por escritura de 13 de diciembre
de 1950.
    La Corporación de la Vivienda procederá a extender la
escritura definitiva de cancelación de deuda dentro del
término de noventa días, a contar de la vigencia de la
presente ley.