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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 10.383, artículo 29

Texto

     Artículo 29. Para tener derecho a gozar de los subsidios que establecen los artículos 27 y 28 se requerirá estar al día en el pago de las imposiciones, tener un mínimo de seis meses de afiliación y además un mínimo de trece semanas de imposiciones en los últimos seis meses calendario.