Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 10.336, artículo 172

Texto

    Artículo 172. Deróganse el decreto con fuerza de ley dictado por el Ministerio de Hacienda con el N.o 2,960 bis, de 30 de Diciembre de 1927, y toda otra disposición contraria a esta ley.
    Continuarán rigiendo, en cuanto no sean incompatibles con la presente ley, todas las leyes y reglamentos referentes al Tribunal de Cuentas y a la Dirección General de Contabilidad.