Ley 18.833, artículo 34
Texto
Artículo 34.- En la primera sesión del directorio, los directores elegirán de entre ellos un presidente, que también lo será de la Caja de Compensación. El presidente tendrá la calidad que los estatutos determinen.
Artículo 34.- En la primera sesión del directorio, los directores elegirán de entre ellos un presidente, que también lo será de la Caja de Compensación. El presidente tendrá la calidad que los estatutos determinen.