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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

código del trabajo, artículo 183 ac

Texto

     Artículo 183-AC.- En el caso de los trabajadores con
discapacidad, el plazo máximo de duración del contrato de
puesta a disposición de trabajadores de servicios
transitorios establecido en el párrafo segundo del inciso
primero del artículo 183-O, será de seis meses renovables.