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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

dfl 44 de 1978 del ministerio del trabajo, artículo 27

Texto

    Artículo 27°.- Suprímese la frase final del inciso
primero del artículo 27° de la ley 10.383, la parte final
del inciso primero del artículo 38 del decreto (D.F.L.) N°
68, de 1965, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
y la letra b) del inciso primero del artículo 16° de la
ley 10.662, y deróganse las normas legales y reglamentarias
que sean contrarias a las de este Decreto.