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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

DS 94 de 1979 Mintrab, artículo 1

Texto

    Artículo 1º.-  El régimen de prestaciones adicionales, en adelante el régimen, que podrán establecer las Cajas de Compensación de Asignación Familiar, en adelante las Cajas, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 32º del decreto con fuerza de ley Nº 42, de la Subsecretaría de Previsión Social del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, publicado el 24 de Julio de 1978, se regirá por las disposiciones de éste, por el presente reglamento y por el reglamento particular de cada una de las Cajas que establezca el régimen.