Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

DS 75 de 1974 Mintrab, artículo 26

Texto

    Artículo 26°.- El Ministerio de Educación Pública,
dentro del plazo de 60 días contados desde la fecha de
publicación de este decreto, deberá remitir a la
Superintendencia de Seguridad Social la nómina de los
establecimientos de enseñanza media, normal, técnica,
especializada y superior de carácter estatal o que se
encuentren reconocidas por el Estado, y, en lo sucesivo,
dentro del mes de Enero de cada año, le comunicará las
alteraciones o modificaciones que dicha nómina haya
experimentado, a fin de que ésta pueda ser actualizada.