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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Texto

    Artículo Transitorio.- Los representantes titulares y
suplentes de los afiliados en el Consejo Administrativo,
conforme a lo dispuesto por el artículo 2°, serán
elegidos dentro del plazo de 50 días contado desde la fecha
de publicación del presente Reglamento y asumirán a contar
del 1° del mes siguiente a aquél en que se realice la
votación.
    La Asociación de Funcionarios deberá designar los
representantes titular y suplente dentro del mismo plazo
indicado en el inciso anterior, cuando proceda de acuerdo al
inciso 3° del artículo 18° del Reglamento General.