Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

decreto 155 de 1974 del ministerio del trabajo, artículo 44

Texto

    Artículo 44°- El Servicio de Tesorería proporcionará mensualmente al Servicio Nacional del Empleo, una nómina de las personas en goce de subsidio de cesantía cuyo pago sea de cargo fiscal.