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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

dl 3551, artículo 1

Texto

    ARTICULO 1°- La Contraloría General de la República,
la Fiscalía Nacional Económica, el Servicio Nacional de
Aduanas, la Dirección del Trabajo y la Superintendencia de
Seguridad Social dejarán de regirse por el sistema de
remuneraciones establecido en el decreto ley N° 249, de
1974, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 7°.