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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

dl 3500, artículo 47 bis

Texto

     Artículo 47 bis.- Los recursos de los Fondos de
Pensiones no podrán ser invertidos directa o indirectamente
en títulos emitidos o garantizados por la Administradora
del Fondo respectivo, ni tampoco en instrumentos que sean
emitidos o garantizados por personas relacionadas a esa
Administradora.

     En el caso de Fondos de Pensiones administrados por
sociedades que sean personas relacionadas entre sí, se
entenderá que los límites señalados en el artículo 47
rigen para la suma de las inversiones de todos los Fondos
del mismo tipo administrados por sociedades que sean
personas relacionadas, así como para la suma de todos los
tipos de Fondos administrados por estas sociedades, cuando
el límite definido en el artículo 47 se aplique en forma
conjunta a todos los tipos de Fondos. Sin perjuicio de lo
anterior, no se podrán invertir los recursos de un Fondo en
acciones de una sociedad accionista, ya sea en forma directa
o indirecta, en más de un cinco por ciento del total de
acciones suscritas de la Administradora de ese Fondo.

     Asimismo, cuando una Administradora encargue a otra
sociedad la administración de todo o parte de la cartera
del Fondo de Pensiones, se entenderá que los límites
señalados en el artículo 47, rigen para la suma de las
inversiones efectuadas por la Administradora y por las
sociedades administradoras de cartera, por cuenta del Fondo
de Pensiones correspondiente.

     El Régimen de Inversión regulará las inversiones que
se realicen con recursos de los Fondos de Pensiones en
títulos emitidos o garantizados por la sociedad con la que
la Administradora hubiera contratado la administración de
cartera y en aquellos instrumentos emitidos o garantizados
por una persona relacionada con dicha sociedad. A la
sociedad administradora de cartera de recursos previsionales
le estará prohibido invertir los recursos de un Fondo de
Pensiones que administre, en títulos emitidos por la
Administradora o por sus personas relacionadas.