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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

dl 1263, artículo 53

Texto

    Artículo 53° La Contraloría General de la República,
podrá exigir a los servicios públicos sujetos a su
fiscalización los informes necesarios que le permitan la
comprobación de los ingresos y gastos correspondientes a su
gestión.