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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

dfl 29 de 2004 Minhda, artículo 163

Texto

    Artículo 163.- Derógase el decreto con fuerza de ley
Nº 338, de 1960.
     Toda referencia que las leyes vigentes efectúen al
decreto con fuerza de ley Nº 338, de 1960, se entenderá
hecha a las disposiciones correspondientes del presente
Estatuto Administrativo.