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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

dfl 29 de 2004 Minhda, artículo 54

Texto

     Artículo 54.- El ascenso es el derecho de un                   Ley 18.834,
funcionario de acceder a un cargo vacante de grado superior         Art. 49.
en la línea jerárquica de la respectiva planta,
sujetándose estrictamente al escalafón, sin perjuicio de
lo dispuesto en el artículo 56.