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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

DFL 150 de 1982 Mintrab, artículo 71

Texto

    Artículo 71°.- El Servicio de Tesorerías
proporcionará  al Servicio Nacional de Capacitación y y             (DL 603/74
Empleo y a las instituciones que determine el reglamento,           ART 33°
una nómina de los trabajadores en goce de subsidio de               DL 1446/76
cesantía cuyo pago esté a su cargo.                                 ARTS 35 y 51