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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 20.971, artículo 34

Texto

     Artículo 34.- Modifícase, a contar del 1 de enero  de
 2017,  el  decreto  con  fuerza  de  ley  N° 2, de 2004,
del Ministerio de Hacienda, que fusiona plantas de personal
de la Dirección de Presupuestos, en el sentido que a
continuación se indica:
 
     1. Incorpórase en su artículo 2 la siguiente Planta
de Técnicos:
 
     Técnicos  Grado EUS   N° de Cargos
     Técnico       9°            1
     Técnico      10°            1
     Técnico      11°            1
     Técnico      12°            1
     Técnico      13°            1
     Técnico      14°            1
     Técnico      15°            1
     Técnico      16°            1
     Técnico      17°            1
     Técnico      18°            1
     Técnico      19°            1
     Técnico      20°            1
     Técnico      21°            1
     Técnico      22°            1
     Técnico      23°            1
 
     2. Incorpórense en su artículo 3, a continuación de
los requisitos de la Planta de Profesionales, los siguientes
requisitos para el ingreso y promoción a los cargos de la
Planta de Técnicos de la Dirección de Presupuestos:
 
     Grados 9° y 10°, alternativamente:
 
     Título Técnico de Nivel Superior otorgado por un
establecimiento de educación superior del Estado o
reconocido por éste y acreditar experiencia laboral como
Técnico de Nivel Superior de, a lo menos, seis años; o
     Haber estado desempeñando en la Dirección de
Presupuestos, al 31 de diciembre de 2016, un empleo a
contrata asimilado a la Planta de Técnicos de conformidad a
lo dispuesto en el artículo 10 del decreto con fuerza de
ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda que fija el
texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N°
18.834 sobre Estatuto Administrativo, y acreditar
experiencia laboral en dicha institución de, a lo menos,
siete años.
 
     Grados 11° y 12°, alternativamente:
 
     Título Técnico de Nivel Superior otorgado por un
establecimiento de educación superior del Estado o
reconocido por éste y acreditar experiencia laboral como
Técnico de Nivel Superior de, a lo menos, cinco años; o
     Haber estado desempeñando en la Dirección de
Presupuestos, al 31 de diciembre de 2016, un empleo a
contrata asimilado a la Planta de Técnicos de conformidad a
lo dispuesto en el artículo 10 del decreto con fuerza de
ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda que fija el
texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N°
18.834 sobre Estatuto Administrativo, y acreditar
experiencia laboral en dicha institución de, a lo menos,
siete años.
 
     Grado 13°, alternativamente:
 
     a) Título Técnico de Nivel Superior otorgado por un
establecimiento de educación superior del Estado o
reconocido por éste y acreditar experiencia laboral como
Técnico de Nivel Superior de, a lo menos, cuatro años; o
     b) Título Técnico de Nivel Medio y experiencia
laboral como Técnico de, a lo menos, ocho años.
 
     Grado 14°, alternativamente:
 
     a) Título Técnico de Nivel Superior otorgado por un
establecimiento de educación superior del Estado o
reconocido por éste y acreditar experiencia laboral como
Técnico de Nivel Superior de, a lo menos, dos años; o
     b) Título Técnico de Nivel Medio y experiencia
laboral como Técnico de, a lo menos, seis años.
 
     Grado 15°, alternativamente:
 
     a) Título Técnico de Nivel Superior otorgado por un
establecimiento de educación superior del Estado o
reconocido por éste y acreditar experiencia laboral como
Técnico de Nivel Superior de, a lo menos, un año; o
     b) Título Técnico de Nivel Medio y experiencia
laboral como Técnico de, a lo menos, cuatro años.
 
     Grado 16°, alternativamente:
 
     a) Título Técnico de Nivel Superior otorgado por un
establecimiento de educación superior del Estado o
reconocido por éste; o
     b) Título Técnico de Nivel Medio y experiencia
laboral como Técnico de, a lo menos, dos años.
 
     Grado 17°, alternativamente:
 
     a) Título Técnico de Nivel Superior otorgado por un
establecimiento de educación superior del Estado o
reconocido por éste; o
     b) Título Técnico de Nivel Medio y experiencia
laboral como Técnico de, a lo menos, un año.
 
     Grados 18° al 23°, alternativamente:
 
     a) Título Técnico de Nivel Superior otorgado por un
establecimiento de educación superior del Estado o
reconocido por éste; o
     b) Título Técnico de Nivel Medio.