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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 20.720, artículo 299

Texto

   
     Artículo 299.- Finalidad. La finalidad del presente
Capítulo es establecer mecanismos eficaces para la
resolución de los casos de insolvencia transfronteriza con
miras a promover el logro de los objetivos siguientes:
     a) La cooperación entre los tribunales y demás
organismos involucrados en los Procedimientos Concursales de
Chile y de los Estados extranjeros que hayan de intervenir
en casos de insolvencia transfronteriza;
     b) Una mayor seguridad jurídica para el comercio y las
inversiones;
     c) Una administración equitativa y eficiente de las
insolvencias transfronterizas que proteja los intereses de
todos los acreedores, nacionales o extranjeros, y de las
demás partes interesadas, incluido el Deudor;
     d) La protección de los bienes del Deudor y la
optimización de su valor, y
     e) Facilitar la reorganización de empresas en
dificultades financieras, a fin de proteger el capital
invertido y de preservar el empleo.