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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Ley 20.610, artículo 1

Texto

     "Artículo 1º.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley Nº 20.506:

     1.- Agrégase en la letra c) del artículo primero transitorio, a continuación del punto aparte (.) que pasa a ser punto seguido (.), la siguiente oración: "También tendrán derecho al bono los cónyuges que durante dicho año cumplan entre 53 y 57 años de matrimonio.".
     2.- Deróganse las letras d) y e) del artículo primero transitorio.