ley 20.379, artículo 10
Texto
Artículo 10.- La administración, coordinación y supervisión de "Chile Crece Contigo" corresponderá al Ministerio de Planificación, sin perjuicio de las atribuciones y funciones de las demás entidades públicas. Un reglamento dictado por el aludido Ministerio y suscrito, además, por los Ministros de Salud y Hacienda, establecerá las características técnicas y metodológicas que deba cumplir este subsistema y las demás normas necesarias para su funcionamiento.