ley 20.032, artículo 35
Texto
Artículo 35.- La subvención que perciban los colaboradores acreditados del SENAME y las donaciones y otros ingresos que los mismos reciban o generen no estarán afectos a ningún tributo de la ley sobre Impuesto a la Renta en cuanto sean utilizadas para el desarrollo de las líneas de acción establecidas en esta ley.