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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 20.032, artículo 32

Texto

     Artículo 32.- La Unidad de Subvención del SENAME
tendrá un valor de $10.000.
     No obstante, el valor nominal de la USS se reajustará
en el mes de enero de cada año, en el porcentaje de
variación que haya experimentado el Indice de Precios al
Consumidor durante el año precedente.