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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 20.027, artículo 10

Texto

     Artículo 10.- Entre los estudiantes que reúnan los
requisitos académicos para postular a créditos regulados
por esta ley se dará preferencia en la adjudicación de la
garantía estatal a aquellos alumnos cuyas condiciones
socioeconómicas y las de su grupo familiar sean menos
favorables.
     Asimismo, entre estudiantes que presenten condiciones
socioeconómicas similares, tendrán preferencia aquellos
que sean titulares de un plan de ahorro de los señalados en
el Capítulo III de esta ley, siempre que dicho plan tenga
una antigüedad de, a lo menos, 24 meses al momento de
solicitar el crédito.
     El reglamento señalará las modalidades, exigencias y
demás normas necesarias para determinar las mencionadas
preferencias.