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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 20.020, artículo 4

Texto

     Artículo 4º.- Créase una comisión especial integrada por miembros ad honorem, encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por:
     a) Dos Senadores y dos Diputados;
     b) El Ministro de Educación, o quien designe en su representación;
     c) Dos representantes designados por el Provincial de la Compañía de Jesús en Chile;
     d) El Director del Museo Nacional de Bellas Artes o su representante, y
     e) Los alcaldes de las comunas respectivas.
     Los Senadores y Diputados serán designados por sus respectivas Cámaras.
      El quórum para sesionar será el de la mayoría de sus miembros.