ley 20.020, artículo 3
Texto
Artículo 3°.- Autorízase la creación, en cada comuna, de un fondo destinado a recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes señalados en el artículo precedente.
Artículo 3°.- Autorízase la creación, en cada comuna, de un fondo destinado a recibir las erogaciones, donaciones y demás aportes señalados en el artículo precedente.