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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 19.968, artículo 86

Texto

      Artículo 86.- Contenido de la demanda. La demanda
contendrá la designación del tribunal ante el cual se
presenta, la identificación del demandante, de la víctima
y de las personas que componen el grupo familiar, la
narración circunstanciada de los hechos y la designación
de quien o quienes pudieren haberlos cometido, si ello fuere
conocido.