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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 19.806, artículo 40

Texto

     Artículo 40.- Introdúcense las siguientes
modificaciones en el Código Sanitario:
     Artículo 134 
     Intercálase, en el inciso primero, entre el vocablo
"judiciales" y la conjunción "y" que la sigue, la
expresión "del Ministerio Público" antecedida por una coma
(,).
     Artículo 139 
     Sustitúyese, en el inciso primero del artículo 139,
la conjunción disyuntiva "o" ubicada entre los vocablos
"científico" y "judicial" por una coma (,), y agrégase, a
continuación de la palabra "judicial", la expresión "o
penal".