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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 19.542, artículo 53

Texto

     Artículo 53.- Para los efectos de esta ley, se
entenderá por:
     Areas de entrada y salida de naves: son las que
comprenden el espacio marítimo natural o artificial, que
constituye la vía de tránsito que permite a las naves
acceder a las instalaciones portuarias o retirarse de ellas.
     Area de atraque y permanencia de naves: es la franja
marítima de quinientos metros que circunda una instalación
portuaria a mar abierto o de penetración o la dársena.
     Bienes comunes: son las obras de infraestructura que se
ubican en el interior de los puertos, que sirven
indistintamente a todos los que operan en los recintos
portuarios, destinadas a proporcionar áreas de aguas
abrigadas y a otorgar servicios comunes, tales como vías de
circulación, caminos de acceso o puertas de entrada.
     Calendario referencial de inversiones: es el programa
de las inversiones en frentes de atraque, áreas conexas y
bienes comunes que pueden ser ejecutadas por particulares o
la empresa, y que considerará un período mínimo de cinco
años. Comprenderá, además, una programación indicativa
de los llamados a licitación para el otorgamiento de
concesiones portuarias para dicho período. Lo anterior es
sin perjuicio de las facultades generales de los directores
respecto del calendario referencial de inversiones.
     Concesión portuaria: es el contrato solemne, otorgado
por escritura pública, a través del cual una empresa
concede con exclusividad a una persona natural o jurídica,
por un período determinado, un área de un bien inmueble
para que ésta ejecute una obra, preste servicios,
desarrolle o mantenga una obra, otorgándosele como
contraprestación la explotación de la misma.
     Esquema monooperador: es el sistema de operación
portuaria en que la movilización de carga en el frente de
atraque es realizada por una única empresa de muellaje.
     Esquema multioperador: es el sistema de operación
portuaria donde las distintas empresas de muellaje pueden
prestar sus servicios en un mismo frente de atraque.
     Frente de atraque: es la infraestructura de un puerto
que corresponde a un módulo operacionalmente independiente
con uno o varios sitios y sus correspondientes áreas de
respaldo, cuya finalidad es el atraque de buques,
esencialmente para operaciones de transferencia de carga o
descarga de mercaderías u otras actividades de naturaleza
portuaria.
     Nave de diseño: es la nave de mayor eslora total,
calado máximo y desplazamiento a plena carga que puede
operar en un frente de atraque.
     Plan de gestión anual: es el instrumento en que se
establecen los compromisos de gestión que el directorio de
cada empresa contrae para un período de doce meses, tales
como niveles de ingresos y egresos, cantidad de naves,
volúmenes y tipo de carga por movilizar, así como sus
indicadores operacionales.
     Plan maestro: es el instrumento de planificación
territorial en que se delimitan las áreas marítimas y
terrestres comprometidas para el desarrollo previsto de un
puerto o terminal, y sus usos, para un período mínimo de
veinte años.
     Puerto, terminal o recinto portuario: es una área
litoral delimitada por condiciones físicas o artificiales
que permite la instalación de una infraestructura destinada
a la entrada, salida, atraque y permanencia de naves, y a la
realización de operaciones de movilización y
almacenamiento de carga, a la prestación de servicios a las
naves, cargas, pasajeros o tripulantes, actividades
pesqueras, de transporte marítimo, deportes náuticos,
turismo, remolque y construcción o reparación de naves.
     Sitio: es aquella porción del frente de atraque
destinada a la atención de una nave.