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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 19.542, artículo 39

Texto

     Artículo 39.- El cargo de gerente general es
incompatible con el de director de alguna empresa
relacionada con la  actividad marítima o portuaria.
     El gerente general tendrá las mismas inhabilidades,
responsabilidades, obligaciones y prohibiciones que esta ley
establece para los directores.