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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 19.392, artículo 4

Texto

    Artículo 4°.- Fíjase en $2.240.-, a contar del 1° de julio de 1995, el valor del subsidio familiar establecido en el artículo 1° de la ley N° 18.020.