Contenido principal
Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 19.378, artículo 41

Texto

    Artículo 41.- El número máximo de bienios computables
para la carrera funcionaria será de quince, y el sueldo
base que resulte de la aplicación de este máximo deberá
ser, a lo menos, un 80% superior al sueldo base mínimo
nacional que corresponda a la categoría del funcionario.