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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 19.378, artículo 26

Texto

    Artículo 26.- Los funcionarios tendrán derecho a una
asignación de zona, que consistirá en un porcentaje sobre
el sueldo base señalado en el artículo 24, equivalente, en
cada caso, al establecido para los funcionarios del sector
público según el lugar en que ejecuten sus acciones de
atención primaria de salud.