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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 19.378, artículo 21

Texto

    Artículo 21.- Los funcionarios con contrato indefinido,
regidos por este estatuto, podrán postular a un Servicio de
Salud, con derecho preferencial, al cargo de que se trate,
ante igualdad de puntaje en el concurso respectivo. Este
mismo derecho asistirá a los funcionarios de los Servicios
de Salud que postulen a un establecimiento municipal de
atención primaria de salud.